ELIMINACIÓN DEL REGISTRO UNICO DE OPERADOR MIPRO

Estimados Señores:

Para su conocimiento y fines pertinentes, adjunto me permito remitir el listado de las notificaciones realizadas por parte del ECUADOR de Proyectos y Reglamentos Técnicosnotificados a la OMC y CAN; en base al marco del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio – OTC de la OMC.

La notificación realizada por Ecuador es:

El Acuerdo 18 151 del Ministerio de Industrias y Productividad, mismo que en su artículo 1 menciona “Disponer la eliminación del Registro Único de Operadores (ROP), como requisito de verificación y control posterior de la calidad”, este Acuerdo fue expedido el 04 de octubre del 2018

NOTAR ADJUNTOS

ACUERDO 18 151 ELIMINACIÓN DE REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES (ROP) OMC-G-TBT-N-ECU-44-Add.7

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